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¿Hay democracia en Canarias?


Estupor. Sorpresa. Indignación. Han causado entre muchos, incluso de fuera de Canarias, como puedo dar fe, los resultados de las elecciones al Parlamento de Canarias. Cuando a mis estudiantes catalanes les explicaba los resultados, la reacción iba desde la sorpresa hasta la carcajada. Sí. Produce risa. Entiendo que, como bien lo definiera Carlos Fernández Esquer, en un artículo publicado en este periódico, pueda ser calificado el régimen electoral canario como “repugnante al sentido común democrático”. Un duro calificativo que lamentablemente se ajusta a la realidad. No hay ningún régimen electoral perfecto que traduzca votos en escaños garantizando su igualdad. No lo hay, porque factores como la fórmula de reparto, la asignación de escaños por circunscripciones o la propia delimitación de éstas puede producir uno u otro resultado. La manipulación y el fraude son demasiado tentadores. Estados Unidos, la democracia más consolidada del mundo, tiene una historia de fraude electoral, que aún se sigue practicando, el denominado Gerrymandering, que consiste en la alteración de los límites de las circunscripciones, para originar resultados favorables al partido gobernante. Una de las dificultades del régimen electoral es garantizar que “todos los votos sean iguales” a los efectos de adjudicar la representación. Muy lejos de este óptimo está el régimen electoral canario. Se intenta esconder tras el argumento de la doble paridad (territorial y ciudadana). La realidad es radicalmente distinta a la que se nos dice. No hay paridad. Al contrario, hay una sobre-representación que favorece a las islas no capitalinas.

Los datos son conocidos. Fernández Esquer los enumeraba y aquí los reproduzco. En las pasadas elecciones, CC recibió el 18,19% de los votos y 18 escaños, 3 más que el PSOE (19,86% de los votos) y 6 más que el PP (18,59% de los votos). Menos votos, más escaños. Ciudadanos (5,93% de los votos), no obtuvo representación, mientras que Agrupación Socialista Gomera (ASG), con el 0,56% del voto total autonómico, obtuvo 3. En la circunscripción de Gran Canaria, Ciudadanos obtuvo más votos que Coalición Canaria, pero sólo ésta obtuvo escaño. El coste de un diputado para ASG fue de 1.696 votos, mientras que para partidos como Podemos fue de 18.880 votos. La doble barrera electoral ha hecho que no tenga ningún valor el 16% de los votos (147.000 votos) de los más de 926.000 contabilizados. Los 143.000 votos de las circunscripciones de El Hierro, Fuerteventura, La Gomera, Lanzarote y La Palma eligieron 30 de los 60 diputados. La otra mitad fue decidida por los 783.000 votos registrados en Gran Canaria y Tenerife. Por último, resulta escandaloso que ASG, con 5.000 votos, obtenga 3 diputados, y Ciudadanos, con 54.000, ninguno. Esto clama al cielo.

A mi juicio, estos resultados demuestran la inconstitucionalidad de la disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía de Canarias que sienta las bases del régimen electoral canario. El artículo 152 de la Constitución dispone que la organización institucional autonómica “se basará en una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal, con arreglo a un sistema de representación proporcional que asegure, además, la representación de las diversas zonas del territorio”. Una cosa es asegurar la representación territorial y otra bien distinta provocar una “sobre-representación de los territorios”. Que la jurisprudencia constitucional, la última, la de la Sentencia 197/2014, de 4 de diciembre, haya reiterado que la proporcionalidad es un “imperativo de tendencia que orienta, pero no prefigura, la libertad de configuración del legislador democrático”, no puede conducir, al contrario, a la admisión, como el mismo Tribunal Constitucional ha señalado, de “barreras electorales o cláusulas de exclusión, que, vista su entidad, lleguen a resultar desmedidas o exorbitantes para la igualdad de oportunidades entre candidaturas”. A mi juicio, estamos ante este tipo de barreras. Desmedidas, exorbitantes, discriminatorias, injustas y antidemocráticas. Restricciones inconstitucionales.

Todo lo expuesto es sabido. Es la queja permanente después de todas las elecciones desde el año 1982. La reforma del Estatuto del año 1996 no solucionó el problema, al contrario, como hemos visto. El Tribunal Constitucional se enfrentó precisamente al reproche de inconstitucional contra la disposición transitoria del Estatuto. En la Sentencia 225/1998 se salvaron las barreras, la regional y la local, que ahora critico. El argumento se ha demostrado falaz. Si la prioridad tanto para el recurrente como para el Tribunal era proteger a la minoría, el resultado, ha sido permitir a la territorial, la de las islas menores, disfrutar de una sobre-representación que incentiva que, por la vía de coaligarse o llegar a acuerdos, se alcance el poder autonómico. Es importante recordar que el Tribunal salvó el régimen electoral canario porque “tampoco se ha acreditado ante este Tribunal que los nuevos porcentajes establecidos hagan perder, por sí solos, al sistema electoral canario su carácter proporcional y, por lo tanto, su capacidad para reflejar las principales opciones políticas existentes en aquella Comunidad Autónoma.” Ya es hora de poderlo acreditar. La situación es radicalmente absurda y antidemocrática. El sistema electoral ha perdido su capacidad para reflejar las principales opciones políticas existentes. Que 143.000 votos en las islas menores tengan el mismo peso que los 783.000 votos contabilizados en Gran Canaria y Tenerife muestra que no hay proporcionalidad.

El resultado político de tal régimen ha sido que los nacionalistas gobiernan la Comunidad ininterrumpidamente desde 1993. La protección de la minoría territorial ha convertido a la minoría política (los nacionalistas) en la fuerza de gobierno. La tercera fuerza en votos es la primera en escaños. Las minorías insulares “protegidas” han alumbrado gobiernos de la minoría, sobrepuestos a la mayoría de los ciudadanos. El nacionalismo ha encontrado la plena realización de su desiderátum territorial. El territorio por encima del ciudadano, de la persona, del individuo. Un pueblo. Un territorio. Una voluntad. Todo lo demás, prescindible; en particular, el individuo, la persona, el ciudadano. La combinación nacionalismo y sobre-representación de las islas menores ha sido a costa de los ciudadanos de las islas mayores, como sucede con los de Gran Canaria. Los de Tenerife, al tener en ella los nacionalistas asentadas sus bases, asociadas al caciquismo histórico, pueden “compensar” la penalización que sufren con una acción de gobierno que les beneficia.

Si el régimen electoral canario produce un resultado tan escandalosamente antidemocrático, es porque hay un grupo político que se beneficia de esta circunstancia. Y otros que se lo consienten. Los demás, los que se han asociado y se siguen asociando con los nacionalistas, prefieren el poder y sus privilegios antes que afrontar un problema que afecta al corazón mismo de la democracia. No se trata de una cuestión de enfado circunstancial. No. Estamos hablando del corazón de la democracia. No la hay, cuando los votos de cada uno de los ciudadanos no valen lo mismo. Este bloqueo del sistema sólo puede producir, a medio o largo plazo, consecuencias catastróficas. Cuando el sistema se bloquea porque no permite la consolidación de fuerzas alternativas y plurales, se produce una polarización y radicalización hacia extremos cada vez más alternativos. No creo que sea fruto del azar que en las últimas elecciones las fuerzas políticas de la izquierda radical hayan alcanzado un porcentaje importante de votos. El déficit de representación de la democracia canaria obedece al peso reconocido a los territorios. No es lo propio de una democracia. Es cualquier otra cosa. Una democracia territorial. La preferida por los nacionalistas. La nacional-territorial. No la ciudadana. No.

(La Provincia/Diario de Las Palmas, 02/06/2015)

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