Albert Rivera ha reabierto un debate que no está cerrado y del que no ha podido fructificar todavía una opinión unánime que dé respuesta a los interrogantes planteados. ¿Cuál es la función constitucional del Jefe del Estado? Los términos de la Constitución son particularmente ambiguos. El artículo 56 dispone: “el Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, …, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes”. El punto de la discusión se centra en qué se entiende por “arbitra[r] y modera[r] el funcionamiento regular de las instituciones”. En este debate, como digo, ha participado lo más granado de los profesores de Derecho público. Desde Manuel Jiménez de Parga, pasando por Rubio Llorente, Aragón Reyes, De Carreras, Rodríguez Zapata, entre otros. Hay unanimidad en rechazar que el Rey sea...
Blog de Andrés Betancor. Diario de reflexiones, inquietudes y preocupaciones sobre el Derecho y el Estado