El Tribunal de Justicia de la Unión, en la Sentencia de 19 de octubre de 2016 (asunto C-424/15; Ormaetxea), se ha pronunciado sobre la independencia de nuestros reguladores. El caso es conocido. El Tribunal Supremo planteó una cuestión prejudicial ante el Tribunal para que se pronunciase sobre la conformidad con el Derecho de la Unión, de la reforma institucional que había creado una única autoridad regulatoria multisectorial (la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia), suprimiendo los reguladores sectoriales, entre ellos, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, y el cese del Presidente y de uno de los consejeros de la Comisión, no ajustado a las causas tasadas establecidas en la Ley. El Tribunal resuelve que, sobre la primera cuestión, no hay contravención al Derecho de la Unión, mas sí la hay respecto de la segunda. Forma parte de la autonomía de los Estados crear autoridades multisectoriales de regulación. La única exigencia: “siempre que, …, ese organismo ...
Blog de Andrés Betancor. Diario de reflexiones, inquietudes y preocupaciones sobre el Derecho y el Estado