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AENA

La Sentencia del Tribunal Supremo que enlazamos, de 25 de septiembre de 2008, plantea un interesante asunto que tiene varias vertientes de análisis. La cuestión central es la siguiente: ¿puede el Gobierno impartir una orden a AENA, un organismo público, más concretamente, una Entidad Pública Empresarial? El Tribunal Supremo concluye, tras analizar el marco legislativo regulador de dicho ente, que el Gobierno puede impartir directrices pero no órdenes. Aquellas son posibles en el marco de una relación de tutela que es la que existe entre el Gobierno y AENA pero no las órdenes que sólo son posibles cuando la relación es jerárquica, una relación de subordinación. Me parece muy interesante la precisión y el rigor con el que el TS afronta la cuestión que, en última instancia, supone reivindicar y aplicar el principio de legalidad con todo rigor. Si el Gobierno quiere que la relación sea jerárquica y no de tutela, deberá promover el correspondiente cambio legislativo.

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