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Condena de tres años de cárcel por un empujón durante una protesta

Leyendo la noticia (Condena de tres años de cárcel por un empujón durante una protesta) es inevitable la comparación con esta otra (ver) sobre la condena a penas de prisión de un año y de dos a los directivos de Caixa Penedès. Los cuatro antiguos directivos fueron condenados por un delito continuado de administración desleal. Consiguieron una sustancial rebaja de la pena en el último momento, tras admitir el delito ante la Audiencia Nacional y devolver 28,6 millones de euros de los 30,6 millones de sus planes de pensiones. La comparación es, como digo inevitable. Un empujón y otros daños en grupo en el contexto de una huelga puede acarrear una pena de tres años y la administración desleal con la apropiación de 30 millones de euros, a otra de un año o de dos, según las circunstancias. Se, como jurista, que en los matices está la diferencia. En cambio, como ciudadano, comprendo la perplejidad cuando el no entendido compara las penas. Sería muy simplista decir que un robo de cuello blanco por 30 millones tiene una pena inferior a un empujón y unos daños de muy escasa cuantía. Estas diferencias son las que alientan la desafección ciudadana. Habrá que explicar mucho y muy bien para evitar caer en la simplificación.

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