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La corrupción del oso Yogui


Un nuevo caso de corrupción. Suma y sigue. La denominada “operación Yogui” nació hace más de un año. Según parece, fue la denuncia de un empresario de la competencia la que alertó de las irregularidades en la gestión de las obras del AVE en Barcelona. Este último caso nos vuelve a mostrar las coordenadas de la corrupción. En primer lugar, reaparece la contratación pública. El Tribunal de Cuentas Europeo ha apreciado que, en el manejo de los fondos europeos, un 29 por 100 de las irregularidades son “incumplimientos graves de las normas de contratación pública”. El mayor de los porcentajes. No son todos casos de corrupción, pero no es descabellado suponer que, en ese porcentaje, se incluyen muchos. Estoy convencido de que unos datos equivalentes se podrían ofrecer en relación con los fondos nacionales. Las nuevas Directivas de contratación pública (las 2014/23, 2014/24 y 2014/25) vuelven a insistir en la lucha contra la corrupción y en uno de sus medios: la trazabilidad y transparencia de la toma de decisiones en los procedimientos de contratación.

En segundo lugar, la denuncia de un “insider”. Las razones últimas las desconocemos, pero ha puesto las irregularidades en conocimiento de las autoridades. El papel del delator carece de regulación en relación con la corrupción. Debería contemplarse, como, por ejemplo, sucede en el ámbito del Derecho de la competencia (artículos 65 y 66 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia). El principal incentivo es la clemencia: la exención o reducción de la pena.

En tercer lugar, el ciudadano no debería ser un mero espectador que expresa su rechazo. Habría que recordar que la ciudadanía es tan oficio público como cualquier otro. Así lo entendieron los constituyentes norteamericanos. La persecución de la corrupción es, para dicho oficio, una responsabilidad, como la que pesa sobre los cargos públicos. El “oficio ciudadano” necesita de medios. Uno de ellos es la información. La transparencia de la gestión pública es una exigencia básica para llevar a cabo la tarea de control. La información puede ser muy voluminosa y resultar de difícil interpretación por el común de los ciudadanos. Así, el papel de las ONG se erige en relevante. El ejemplo de la protección ambiental es ilustrativo. El acceso a la información ambiental, el cual siempre ha sido considerablemente más amplio que en otros ámbitos, ha facilitado el desarrollo de una intensa y exitosa labor de fiscalización.

En cuarto lugar, la corrupción es uno de los más graves problemas de la democracia, porque supone un ataque a uno de sus pilares centrales: el poder es detentado y ejercido al servicio de los ciudadanos. Es el carácter fiduciario del poder, uno de los rasgos esenciales de la democracia. La corrupción rompe la relación de confianza. Es lógica la desafección. Los ciudadanos, el centro del Estado democrático, son desplazados por los poderosos, por aquéllos que tienen la capacidad para capturar el poder. La desafección amenaza a la democracia.

En quinto lugar, el papel del Derecho. El Fiscal General del Estado, y otros importantes juristas, han afirmado que el problema de la corrupción en España exige, más que cambios normativos, dotar de más medios a aquéllos que la persiguen. El Derecho es una técnica social específica basada en la amenaza de la sanción, como lo definiera el más importante jurista del siglo XX, H. Kelsen. Y la amenaza es creíble cuando el corrupto tiene la certeza de que su conducta será castigada y, que lo será, con determinación. La amenaza surtirá efectos. La importancia del sistema de persecución y sanción es esencial. No bastan las campañas de amenazas. La efectividad radica en la realidad del castigo, en su previsibilidad.

Y, por último, la moral. No es baladí. El rearme moral de servidores públicos y de ciudadanos. La barrera inmaterial frente a las presiones, a los intereses, a los poderes. La amenaza de la moral. Se podría pensar que es insuficiente. Y lo es. Tan insuficiente como el propio Derecho. En ambos casos, todo dependerá de la amenaza, y sólo de la amenaza. La amenaza del Derecho sin la credibilidad de los encargados en perseguir y castigar la corrupción tiene la misma eficacia o, incluso menor, que la del pecado y del infierno. El problema no desaparecerá nunca. La tentación siempre rodeará al poder. No se puede evitar el pecado, pero la disuasión radica en la seguridad del castigo y, además, sin perdón.

(Expansión, 07/05/2014)

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