El registro de una moción de censura por el PSOE ha colocado en el centro del interés social y mediático a esta institución relevante de nuestra arquitectura constitucional. Es uno de los mecanismos para “exigir la responsabilidad política del Gobierno” (art. 113.1 Constitución). Un mínimo de diputados, una décima parte, la puede “proponer”. Es la resolución que adopta el pleno del Congreso por la que la mayoría absoluta de sus miembros “censura” al Gobierno e inviste a otro presidente, el incorporado a la propuesta. Tiene un doble rostro: es, por un lado, el medio de exigencia de la responsabilidad del Gobierno y, por otro, el de investidura de un nuevo presidente. En el Reglamento del Congreso, este doble rostro se despliega en fases o momentos distintos. Por un lado, un diputado desgranará las razones para exigir responsabilidad al Gobierno (saliente); y, por otro, el candidato propone al Congreso su investidura, exponiendo el programa del Gobierno que pretende formar. La investidur...
Blog de Andrés Betancor. Diario de reflexiones, inquietudes y preocupaciones sobre el Derecho y el Estado