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Entre arrogancia y frivolidad

El President Mas ha firmado, por fin, el Decreto 129/2014, de 27 de septiembre, de convocatoria de la consulta popular no refrendaria sobre el futuro político de Cataluña. El objeto, se nos dice, es “conocer la opinión de las personas llamadas a participar sobre el futuro político de Cataluña … con la finalidad de que la Generalidad pueda ejercer con pleno conocimiento de causa la iniciativa legal, política e institucional que le corresponde” (art. 2). Los efectos de este tipo de consulta están recogidos en el artículo 8 de la Ley de Cataluña 10/2014, de 26 de septiembre, de consultas populares no referendarias: “su resultado no tiene carácter vinculante. Sin embargo, los poderes públicos que las han convocado deben pronunciarse sobre su incidencia en la actuación pública sometida a consulta, en el plazo de dos meses a partir de su celebración.”

La consulta es presentada como si fuese un estudio demoscópico (“conocer la opinión”), pero a través de las urnas y sin efectos vinculantes, y que obliga a los poderes públicos convocantes a pronunciarse sobre el resultado. Quieren huir de usar el término referéndum. Sabemos porqué. Si fuese un referéndum, la competencia sería del Estado. Por esta razón, solicitaron ante las Cortes Generales, la transferencia de la competencia por la vía del artículo 150.2 de la Constitución. Los nacionalistas quieren organizar un referéndum, como lo pusieron de manifiesto con su iniciativa, pero, como no pueden, inventan, para sortear los obstáculos constitucionales, la consulta-demoscópica. Como también necesita diferenciarse del régimen jurídico del referéndum, la consulta no disfruta de ninguna de las garantías que la Constitución y la Ley orgánica 2/1980 reservan a los referéndums. Estamos ante una consulta-demoscópica sin garantías jurídicas y democráticas.

Primera pregunta: ¿se puede consultar a los catalanes sobre “el futuro político de Cataluña” y, más en concreto, si quieren independizarse? Según parece, a los catalanes se les puede preguntar cualquier cosa. Como interpretaba el Consell de Garanties Estatuaries de Catalunya, al informar sobre el proyecto de Ley, se puede consultar tanto sobre todo aquello que cae dentro del ámbito de las competencias expresamente atribuidas, como de las “funciones que se derivan de la autonomía política y del sistema institucional catalán”. O sea, cualquier asunto que esté relacionado con las competencias y con la autonomía política. Uno de éstos sería, precisamente, poner fin a dicha autonomía, alumbrando la independencia.

Supongamos que se pudiera llevar a cabo la consulta. Supongamos que el resultado es el que todos sabemos, ¿qué sucedería? El Consell de Garanties Estatuaries de Catalunya nos da la respuesta: “nada obsta para que [la consulta referendataria] sea complementada por otras formas de consulta desplegadas por poderes políticos con competencias para hacerlo, como es el caso de la Generalitat, que pueden operar y convertirse en útiles escenarios previos o preparatorios de fases posteriores”. Esto quiere decir que la consulta del 9 de noviembre será la antesala a un referéndum de reforma constitucional que vendrá impuesto, al menos políticamente, por su resultado.

Tenemos, en consecuencia, una consulta para “conocer la opinión”, sin garantías jurídicas y democráticas, con un resultado favorable a la independencia, obtenido, en virtud de la doble pregunta, con un resultado mínimo del censo, que obligaría, políticamente, a iniciar el proceso de reforma constitucional para que Cataluña se pudiera independizar, lo que exigiría un referéndum en toda España de ratificación de la reforma. ¿Alguien puede pensar que tanto el proceso de reforma como este referéndum serían libres? ¿Alguien puede afirmar que tanto las Cortes, como el pueblo español, podrían acordar otra cosa distinta de lo “opinado” por los catalanes? ¿No serían las Cortes y el pueblo español los rehenes de la consulta-demoscópica? ¿Realmente se puede hablar de consulta “sólo” para conocer la opinión del pueblo catalán?

Esta consulta, no vinculante y sin garantías, tendría unas consecuencias, sedicentemente políticas, que afectarían a toda España, a los representantes del pueblo español y al pueblo español; afectaría a la soberanía nacional. Ésta se vería comprometida por su resultado. La soberanía nacional no sería libre, sino rehén de lo “opinado” por los catalanes.

Las reacciones que ha suscitado la “consulta” se mueven entre la frivolidad y la arrogancia. Por un lado, la frivolidad de aquéllos, espero, llevados por la buena fe, que entienden que se trata “sólo” de conocer la opinión, sin más, y sin considerar las consecuencias y los efectos. Sin calibrar que esa “consulta” comprometería a todos, porque sería despótico que, una vez se ha conocido la opinión, los demás no le prestásemos el respeto que se merece. No piensan en el autoritarismo que supone que una parte pueda imponer su voluntad sobre todos los demás. Y, por otro lado, la arrogancia del nacionalismo. A veces, tengo la sensación de que el innato sentido de la superioridad que el nacionalismo catalán ha cultivado desde el primer minuto (por ejemplo, V. Almirall expuso, en su libro Lo catalanisme, 1886, la superioridad racial catalana), en relación con el resto de España y de los españoles, les conduce a infravalorar la inteligencia de los demás. Tanto que, según parece, no somos capaces de ver lo evidente. Entiendo que se consideren intelectualmente superiores, más trabajadores, más democráticos, más tolerantes, más cool, más europeos, más avanzados, más todo. Incluso, les reconozco su capacidad de engaño, como lo han demostrado con el éxito de su “derecho a decidir” y el ocultamiento de la corrupción. Ahora bien, esta petulancia, incluso, sus éxitos, no debería conducirles a deducir que los demás somos estúpidos.

No es razonable, ni jurídica, ni políticamente, que a una parte del pueblo español se le pueda consultar sobre “su” futuro político, cuando esa decisión compromete a la totalidad del pueblo español y a su soberanía. No es razonable porque, ni la soberanía es divisible, ni puede admitir aquello que le impide proyectarse con libertad. ¿Alguien puede considerar que el pueblo español sería libre para decidir lo contrario a lo “opinado” por los catalanes?, ¿qué es lo que sucedería? Ya lo sabemos: los españoles, salvajes, atrasados, … impiden la voluntad democrática del pueblo catalán. No. No es posible. Sobre el futuro político del pueblo catalán sólo puede decidir el catalán como parte del pueblo español, titular de la única soberanía nacional. Así lo establece la Constitución en el artículo 1.2. “Afecta al orden constituido y también al fundamento mismo del orden constitucional” (Sentencia del Tribunal Constitucional 103/2008) por lo que, la única vía para decidir es la del referéndum, en el que participan, con todas las garantías jurídicas, todos los ciudadanos españoles con derecho a voto. Sólo éstos pueden disponer sobre el cómo se configura constitucionalmente el Estado español. Y la secesión de una parte afecta a dicha configuración.

(Expansión, 30/09/2014)

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