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El avión de Pedro Sánchez

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, abandonó este pasado sábado, sobre las 11.15 horas, la isla de Lanzarote a bordo del avión Falcon del Ejército del Aire en compañía de su mujer y sus dos hijas después de pasar una semana de vacaciones en la residencia de La Mareta de Costa Teguise.

Hacia el avión

Es el texto de la noticia repetido en los distintos periódicos.

No es el primer presidente del Gobierno que lo hace, pero sí ha sido el primero que ha alcanzado la presidencia con un discurso, plasmado, entre otros, en el de la moción de censura del pasado 31 de mayo, basado en reivindicar: la “higiene democrática”; “la defensa del prestigio de las instituciones gravemente dañadas”; la “regeneración democrática”; “los imperativos de la ejemplaridad y también de la responsabilidad”; “la fuerza moral”; la respuesta a la “emergencia institucional”. Y, también, la exigencia de afrontar las “urgencias sociales que no admiten la más mínima demora”; la “dignificación salarial de los trabajadores y trabajadoras” porque “las rentas del trabajo siguen en retroceso”; la “mejora de la eficacia de nuestro Estado del Bienestar para combatir la pobreza, …, y desde luego la pobreza infantil” … En definitiva, “rearmar moralmente al Estado Social y Democrático de Derecho y poner las instituciones a la altura que la ciudadanía merece, [y] espera de la política”.

Un presidente con tan alto estándar moral, que dirigió los más gruesos calificativos contra Rajoy (“su sola permanencia en el cargo debilita a nuestra democracia”, “es dañina y un lastre para el país”; es “una afrenta al cargo que usted ocupa”; es incapaz de encarnar “la ejemplaridad” que el cargo requiere), debe esperar ser juzgado con los mismos estándares.

Si hay una emergencia institucional y social, no puede, aquél que dice alzarse contra un “gobierno manchado por la corrupción” que ha hecho oídos sordos, ha sido inactivo frente a tales retos y ha enfangado en la inmoralidad el Estado social, utilizar los medios que el Estado pone a su servicio para el disfrute de actividades privadas. No es regeneración, es abuso; no es higiene democrática, es atropello; no es ejemplaridad, es ostentación.

El presidente del Gobierno tiene en la Constitución asignada una función para lo que se le habilitan unas potestades. El presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de sus miembros (art. 98). En coherencia, el artículo 2 de la Ley del Gobierno (Ley 50/1997), concreta las competencias que le corresponden.

Para el desarrollo de las funciones y competencias, el presidente y el resto del Gobierno, cuenta con los medios adecuados. Estos medios integran lo que se denomina el patrimonio del Estado que reviste la condición de bienes de dominio público (Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones).

El presidente Sánchez ha disfrutado, para celebrar sus vacaciones, de la residencia de La Mareta que forma parte del Patrimonio Nacional. Los bienes que lo componen están “afectados al uso y servicio del Rey y de los miembros de la Real Familia para el ejercicio de la alta representación que la Constitución y las leyes les atribuyen” (art. 2 Ley 23/1982). El Reglamento que desarrolla la Ley incluyó, “milagrosamente”, un nuevo adverbio que modula la Ley: “primordialmente” para aquel uso (art. 22 Reglamento). La exclusividad legal se convirtió en preferencia reglamentaria.

El adverbio reglamentario es el que ha justificado el disfrute de Sánchez y su familia de una residencia que, legalmente, sólo puede ser utilizada por el Rey y su familia. Pero, en todo caso, son bienes de dominio público, o sea, afectos al uso o servicio público, no al uso y disfrute privados.

Se ha alegado la ausencia de regulación, como se ha dicho en relación con el uso de los aviones del grupo 45 del Ejército del Aire. Que estén destinados al transporte de personalidades no quiere decir que ese transporte se pueda producir en toda circunstancia y para cualquier finalidad, como las bodas y bautizos, y aficiones musicales del presidente y su familia.

La ausencia de norma no puede interpretarse, en el contexto de Estado democrático de Derecho, como la libertad para disponer de los bienes del Estado, cuando están constitucionalmente afectos a un uso o servicio públicos, al uso o disfrute privados.

Entre los principios del buen gobierno, enumerados en la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se encuentran los de gestionar proteger y conservar “adecuadamente los recursos públicos, que no podrán ser utilizados para actividades que no sean las permitidas por la normativa que sea de aplicación” y el de no valerse de “su posición en la Administración para obtener ventajas personales o materiales” (art. 26). Todos los altos cargos, incluido el presidente, deben ajustarse a tales principios.

Cuando se ha llegado a la presidencia con la exigencia de unos altos estándares de moralidad, sobre los que se han dado lecciones a todos, no puede pretenderse que no le sean exigibles. No hay ninguna Ley que justifique la utilización privativa de unos bienes públicos, aún menos los del Patrimonio nacional. La seguridad no puede elevarse en la nueva razón de Estado que lo justifica todo y, además, reforzada por la aplicación desmedida del secreto oficial para tapar el atropello. Algunos de los que se escandalizan del alza del populismo, alertan de la llegada del fascismo, proclaman la necesidad del frente antifascista y reclaman la erección de cordones sanitarios, son, precisamente, los que, con su comportamiento, alimentan el descrédito de la política y de las instituciones democráticas. No se puede exigir a los demás, aquello que no se está dispuesto a cumplir. En un mundo hiper-conectado, comportamientos tan incoherentes son los que arrojan la legitimidad de las instituciones a la hoguera de los que quieren acabar con ellas. Los enemigos de la democracia están, también, entre los que se llaman sus amigos. Menos exigencia a los demás y más coherencia con la palabra dada.

(Expansión 08/01/2019)

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