El Consejo de Europa es la primera y más importante organización internacional de ámbito europeo que tiene como tarea la promoción y defensa de los valores y principios del Estado democrático de Derecho. Creada por el Estatuto de Londres de 5 de mayo de 1949, es el resultado más sobresaliente de cómo los Estados europeos aprendieron las lecciones de la II Guerra Mundial.
Evitar repetir tan traumática experiencia sólo se podía alcanzar mediante la cooperación entre los Estados, basándose en el principio de legalidad y de la democracia. La unión y la cooperación alrededor de los valores y principios del Estado democrático de Derecho eran y son el único camino para evitar repetir los traumáticos acontecimientos del pasado.
El Consejo de Europa tiene, así pues, una legitimidad que supera ampliamente los limitados poderes de los que disfruta. A lo sumo, podrá expulsar a los miembros que se comporten en contra de los valores y principios que le dan sentido. Así ha sucedido respecto de Grecia, Turquía y Chipre, en algunos momentos en que cayeron bajo las garras de la tiranía.
El Convenio Europeo de Derechos Humanos (1950), junto con la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), marcan el canon de civilidad. El cumplimiento es el mínimo necesario para que el Estado pueda ser considerado, ya no como un Estado de Derecho, sino como un Estado civilizado.
El Convenio es uno de los primeros frutos del Consejo de Europa y sin duda el más importante, enumera los derechos subjetivos que como personas tenemos que poder disfrutar sin merma de nuestra humanidad y de la civilidad de la organización en la que desplegamos la convivencia.
La corrupción es una forma de ataque, grave, contra el Estado de Derecho. El Consejo de Europa ha elaborado distintos convenios contra la corrupción: los convenios penal y civil, ambos del año 1999, y el protocolo adicional al penal del año 2003. Los Estados miembros los han ratificado, entre otros, España.
En este contexto institucional, el Consejo de Europa creó GRECO, Groupe d’États contre la Corruption, en el año 1998, por acuerdo del Comité de Ministros. Una de sus tareas es realizar informes de evaluación del cumplimiento por los Estados miembros de los objetivos de lucha contra la corrupción. A tal fin, realiza “evaluaciones” de los Estados. En el caso español, ha efectuado cuatro rondas. La última, la cuarta, centrada en miembros de los parlamentos, jueces y fiscales. Iniciada en el año 2012, en diciembre hemos conocido su último informe. El resultado es, globalmente, muy negativo (“globally unsatisfactory”).
En los tres ámbitos, GRECO no aprecia, en términos generales, una mejoría. Las recomendaciones formuladas en los anteriores informes o bien han sido parcialmente implementadas (siete) o bien no lo han sido (cuatro). En definitiva, ninguna de las 11 recomendaciones han sido satisfactoriamente cumplidas en su totalidad. Un resultado muy negativo después de 5 años. Y la perspectiva no es nada alentadora.
En el caso de los parlamentarios, GRECO recomienda más transparencia para aflorar cualquier conflicto de intereses. Esto significa, más información pública sobre actividades y patrimonios, pero también en cuanto a la relación con los lobistas.
Los jueces, aún cuando se reconoce que no hay una sobresaliente preocupación sobre la corrupción en este ámbito, sí destaca GRECO la conveniencia de robustecer la independencia judicial.
Cuando la corrupción afecta a políticos, como hemos comprobado, es imprescindible reforzar la independencia. GRECO se muestra preocupado por la intervención política en el nombramiento del órgano de gobierno del Poder Judicial. Insiste sobre la conveniencia de la elección por los propios jueces y magistrados. También la provisión de las plazas de la alta magistratura para asegurar la independencia, imparcialidad y transparencia de los procesos de nombramiento. Y la limitación a 6 meses de los procedimientos disciplinarios contra jueces, es también motivo de queja.
Por último, la Fiscalía es objeto de evaluación. El resultado es parcialmente favorable. Insiste sobre la conveniencia de reforzar la autonomía, en particular, en cuanto al procedimiento de nombramiento del Fiscal General del Estado, la transparencia en la relación y comunicación con el Gobierno y la autonomía económica de la Fiscalía. La otra vertiente sobre la que expresa su preocupación es la del código de conducta y el régimen disciplinario de los fiscales.
En definitiva, el Consejo de Europa sigue manifestando su inquietud por la situación en España. Ahora bien, debemos matizar algunas cuestiones.
En primer lugar, no se trata de una valoración global o general de la corrupción en España. El Consejo de Europa no denuncia ningún supuesto estado generalizado de corrupción. No podemos, ni debemos caer en el derrotismo de considerar que el Estado español es un nido de corruptos. No confundamos la apreciación subjetiva, muy crítica, de los españoles, con la realidad de la corrupción. El informe GRECO no puede utilizarse para alimentar esta sospecha.
En segundo lugar, el informe se manifiesta respecto a parlamentarios, jueces y fiscales. No son, según nuestra propia experiencia, elementos centrales en las tramas de corrupción. Son, incluso, periféricos o muy periféricos. En el caso más relevante, el de los jueces, no han tenido ningún papel apreciable; al contrario. El comportamiento de los jueces ha sido globalmente sobresaliente.
Otra cosa es el reforzamiento de la autonomía de fiscales y del órgano de gobierno del poder judicial. En estos extremos todavía queda mucho por hacer. Y sería muy recomendable atender las recomendaciones. Aunque tampoco podemos cerrar los ojos ante la evidencia de que hay otras formas de contaminar la independencia judicial a las que no se refiere el informe. El papel de las asociaciones profesionales también debería ser contemplado.
En tercer lugar, hay una preocupación que es central y muy relevante: las apariencias. El informe lo subraya. No basta con ser íntegro, hay que aparentarlo; hay que dispensar una imagen creíble de integridad. La transparencia es la pieza esencial para constituir la imagen de que los servidores públicos son, realmente, íntegros; ninguna sombra oscurece su proceder.
Y, en cuarto lugar, la lucha contra la corrupción no es sólo un problema nacional, interno. Está en juego nuestra imagen internacional. En un mundo globalizado, la corrupción cotiza; tiene repercusiones que, también, se proyectan en los mercados.
La corrupción supone inseguridad; la inseguridad es un coste que los agentes del mercado tienen en cuenta. No es posible disfrutar de un Estado democrático de Derecho avanzado si, además, no ofrece una voluntad decidida de lucha contra la corrupción. Estado de Derecho y Estado limpio de corrupción son las dos caras de la misma moneda.
España tiene un problema de corrupción, pero también tiene otro aún mayor: la política y los políticos. Cualquier cosa que toquen está manchada. La sombra que arroja deslegitima a las instituciones centrales del Estado de Derecho como es el parlamento y el poder judicial.
Se precisa que desplieguen un esfuerzo de corrección y de compensación. Es inevitable para superar etapas oscuras de impunidad. Los políticos tienen que hacer un esfuerzo aprobando las medidas, como las que se enuncian en el informe, caso de la autoridad independiente de integridad pública.
La única manera de recuperar la credibilidad es emprendiendo una lucha decidida contra la corrupción. Qué mejor manera que poniendo al frente a una autoridad independiente.
(Expansión, 5 de enero de 2018)
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